viernes, 5 de diciembre de 2014
viernes, 21 de noviembre de 2014
HERENCIA DUQUESA
Tres meses antes de su matrimonio con el exfuncionario Alfonso Díez Carabantes, el 5 de octubre de 2011, Cayetana Fitz-James Stuart, XVIII duquesa de Alba, firmó ante notario en Madrid el reparto del grueso de su herencia, valorada en unos 3.000 millones de euros, entre sus seis hijos.
Alfonso Díez, de 64 años y que inició la relación con doña Cayetana en 2008, firmó en febrero de 2011 sus capitulaciones matrimoniales, un total de quince cláusulas por las que renunciaba a "cualquier título, derecho u honores que le pudiera corresponder fruto de su matrimonio".
Pero aquel gesto, a instancias del propio Díez, no pareció suficiente para los hijos de la duquesa, que el 4 de julio de ese mismo año los reunió a todos en una notaría de Madrid para repartir anticipadamente buena parte de su patrimonio personal e histórico.
Este "reparto de la herencia en vida" de la duquesa se ejecutó en concepto de donación escriturada por la cual sus hijos se convirtieron en titulares registrales de sus bienes, mientras que la duquesa seguiría administrándolos como gerente y disfrutando de ellos como usufructuaria.
El patrimonio de la Casa de Alba está valorado en unos 3.000 millones de euros, según estimaciones de la revista Forbes, entre palacios, castillos, terrenos agrícolas, valores bursátiles, obras de arte y joyas, además de 51 títulos nobiliarios.
La parte principal del patrimonio lo dirige la Fundación Casa de Alba, creada en 1975 y a la que pertenecen los palacios de Liria (Madrid), Las Dueñas (Sevilla) y Monterrey (Salamanca); el castillo de Alba de Tormes (Ávila); los cuatro castillos en Galicia (Castro Caldelas, Moeche, Andrade y Narahío) y el panteón familiar en el monasterio de la Inmaculada de Loeches (Madrid), entre otros bienes.
En cuanto al patrimonio personal de la duquesa, que ascendería a unos 1.000 millones de euros, se divide en tres partes iguales: la legítima, la de mejora y la de libre disposición.
Cada hijo heredaría unos 55,5 millones de euros de la legítima y otros tantos de la parte de mejora. Pero la parte de libre disposición, la duquesa podría repartirla libremente, legándola a asociaciones benéficas o a su viudo, 24 años menor que ella.
Según el acuerdo alcanzado ante notario, la Fundación Casa de Alba pasará al primogénito y heredero, Carlos Fitz-James Stuart, que tendrá la responsabilidad de preservar el legado histórico.
Será él quien herede la mayoría del medio centenar de títulos nobiliarios de la casa, entre ellos el de duque de duque de Alba, de Berwick, de Liria y Jérica, y también recibirá fincas rústicas como El Carpio, uno de los mayores latifundios de Córdoba.
Al primogénito de Carlos, Fernando Fitz-James Stuart y Solís, nieto mayor de la duquesa y heredero del Ducado, le correspondió el palacio de Las Dueñas de Sevilla, siguiendo con la tradición de que este emblemático palacio recaiga siempre en el futuro duque de Alba.
Alfonso Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (22 octubre 1950), duque de Aliaga, es el encargado, junto a su hermano mayor, de las finanzas de la Casa de Alba, y recibió varias parcelas rústicas y la finca del antiguo castillo de El Tejado en Calzada de Don Diego (Salamanca).
Alfonso aprovechó aquel encuentro para reclamarle a su madre siete títulos nobiliarios, entre ellos, el Ducado de Híjar, los condados de Guimerá, de Ribadeo, de Aranda y el de Palma del Río, tres de ellos con Grandeza de España.
Esta petición tiene su base histórica. El abuelo de la duquesa de Alba, Alfonso de Silva y Fernández de Córdoba, duque de Híjar, dejó por escrito su deseo de que los títulos provenientes de la casa de Híjar fueran a parar a Alfonso.
Jacobo Fitz-James Stuart y Martínez de Irujo (15 julio 1954), conde de Siruela, recibió varias fincas rústicas.
Fernando Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (11 julio 1959), marqués de San Vicente del Barco, heredó la mansión de Las Cañas en Marbella y propiedades agrícolas.
Cayetano Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (4 abril 1963), conde de Salvatierra, se quedará con el palacio de Arbaizenea en San Sebastián y el cortijo Las Arroyuelas, un gran latifundio en Sevilla.
Además recibió el ducado de Arjona -título vitalicio que se remonta a 1423 cuando el rey Juan II de Castilla se lo concedió a su hijo Cayetano, conde de Salvatierra.
Eugenia Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (26 noviembre 1968), duquesa de Montoro, recibió la mansión de Ibiza donde veranea la duquesa de Alba, Sa Aufabaguera, además del cortijo de La Pizana, la finca de Gerena (Sevilla), que le regaló por su boda
Alfonso Díez, de 64 años y que inició la relación con doña Cayetana en 2008, firmó en febrero de 2011 sus capitulaciones matrimoniales, un total de quince cláusulas por las que renunciaba a "cualquier título, derecho u honores que le pudiera corresponder fruto de su matrimonio".
Pero aquel gesto, a instancias del propio Díez, no pareció suficiente para los hijos de la duquesa, que el 4 de julio de ese mismo año los reunió a todos en una notaría de Madrid para repartir anticipadamente buena parte de su patrimonio personal e histórico.
Este "reparto de la herencia en vida" de la duquesa se ejecutó en concepto de donación escriturada por la cual sus hijos se convirtieron en titulares registrales de sus bienes, mientras que la duquesa seguiría administrándolos como gerente y disfrutando de ellos como usufructuaria.
El patrimonio de la Casa de Alba está valorado en unos 3.000 millones de euros, según estimaciones de la revista Forbes, entre palacios, castillos, terrenos agrícolas, valores bursátiles, obras de arte y joyas, además de 51 títulos nobiliarios.
La parte principal del patrimonio lo dirige la Fundación Casa de Alba, creada en 1975 y a la que pertenecen los palacios de Liria (Madrid), Las Dueñas (Sevilla) y Monterrey (Salamanca); el castillo de Alba de Tormes (Ávila); los cuatro castillos en Galicia (Castro Caldelas, Moeche, Andrade y Narahío) y el panteón familiar en el monasterio de la Inmaculada de Loeches (Madrid), entre otros bienes.
En cuanto al patrimonio personal de la duquesa, que ascendería a unos 1.000 millones de euros, se divide en tres partes iguales: la legítima, la de mejora y la de libre disposición.
Cada hijo heredaría unos 55,5 millones de euros de la legítima y otros tantos de la parte de mejora. Pero la parte de libre disposición, la duquesa podría repartirla libremente, legándola a asociaciones benéficas o a su viudo, 24 años menor que ella.
Según el acuerdo alcanzado ante notario, la Fundación Casa de Alba pasará al primogénito y heredero, Carlos Fitz-James Stuart, que tendrá la responsabilidad de preservar el legado histórico.
Será él quien herede la mayoría del medio centenar de títulos nobiliarios de la casa, entre ellos el de duque de duque de Alba, de Berwick, de Liria y Jérica, y también recibirá fincas rústicas como El Carpio, uno de los mayores latifundios de Córdoba.
Al primogénito de Carlos, Fernando Fitz-James Stuart y Solís, nieto mayor de la duquesa y heredero del Ducado, le correspondió el palacio de Las Dueñas de Sevilla, siguiendo con la tradición de que este emblemático palacio recaiga siempre en el futuro duque de Alba.
Alfonso Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (22 octubre 1950), duque de Aliaga, es el encargado, junto a su hermano mayor, de las finanzas de la Casa de Alba, y recibió varias parcelas rústicas y la finca del antiguo castillo de El Tejado en Calzada de Don Diego (Salamanca).
Alfonso aprovechó aquel encuentro para reclamarle a su madre siete títulos nobiliarios, entre ellos, el Ducado de Híjar, los condados de Guimerá, de Ribadeo, de Aranda y el de Palma del Río, tres de ellos con Grandeza de España.
Esta petición tiene su base histórica. El abuelo de la duquesa de Alba, Alfonso de Silva y Fernández de Córdoba, duque de Híjar, dejó por escrito su deseo de que los títulos provenientes de la casa de Híjar fueran a parar a Alfonso.
Jacobo Fitz-James Stuart y Martínez de Irujo (15 julio 1954), conde de Siruela, recibió varias fincas rústicas.
Fernando Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (11 julio 1959), marqués de San Vicente del Barco, heredó la mansión de Las Cañas en Marbella y propiedades agrícolas.
Cayetano Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (4 abril 1963), conde de Salvatierra, se quedará con el palacio de Arbaizenea en San Sebastián y el cortijo Las Arroyuelas, un gran latifundio en Sevilla.
Además recibió el ducado de Arjona -título vitalicio que se remonta a 1423 cuando el rey Juan II de Castilla se lo concedió a su hijo Cayetano, conde de Salvatierra.
Eugenia Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart (26 noviembre 1968), duquesa de Montoro, recibió la mansión de Ibiza donde veranea la duquesa de Alba, Sa Aufabaguera, además del cortijo de La Pizana, la finca de Gerena (Sevilla), que le regaló por su boda
jueves, 9 de octubre de 2014
PEDRO SANCHEZ SU SUELDO Y SUS PROPIEDADES
El secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, cobra catorce pagas al año de 4.443,7 euros netos como diputado y presidente del Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados y dona 420 euros a su partido también en mensualidades, además de la cuota de afiliado de 84 euros anuales, según la información publicada este jueves por los socialistas.
En la declaración de rentas, bienes e intereses del líder de los socialistas consta que su única fuente de ingresos al margen de su trabajo como diputado es la procedente de un inmueble que tiene en alquiler, por el que recibe 13.411,20 euros al año. Además, constan 562,31 euros en 'dividendos y otros' y 184,02 euros en intereses de cuentas corrientes.
Según este informe, firmado por Sánchez a fecha del 1 de octubre, el líder socialista tiene 6.446,85 euros en dos cuentas bancarias (4.891,58 euros en BBVA y 700 en Triodos Bank y 855,27 en Bankia) y dos planes de pensiones. Uno privado, en el BBVA, con 85.366,34 y un plan de previsión social de las Cortes, correspondiente al periodo de 2008 a 2012, con 14.525,34 euros.
Asimismo, consta que tiene 177 acciones en Repsol por un valor de 3.309,9 euros y otras 235 en Red Eléctrica, por 15.834,3 euros. Y un seguro de vida por 350.000 euros en BBVA también a cargo del Congreso de los Diputados.
En cuanto a sus propiedades, figuran dos viviendas y dos plazas de garaje, además de su coche, un Peugeot 407 que compró por 30.000 euros en 2005. Una casa y una plaza de garaje fueron compradas en noviembre de 2012, con valores catastrales de 78.259,89 y 10.711,96 euros, respectivamente, y ya están pagadas.
Además, compró a medias con su mujer --con la que está casado en régimen de separación de bienes-- una vivienda y una plaza de garaje en julio de 2008. Figura a su nombre el 50% de la casa (con un valor castratal 82.890,46) y de la plaza de garaje (8.932,57). Para esta compra, solicitó un préstamo hipotecario a Bankia por 159.300 euros, del que quedan por abonar 127.220,75 euros.
Según este informe, firmado por Sánchez a fecha del 1 de octubre, el líder socialista tiene 6.446,85 euros en dos cuentas bancarias (4.891,58 euros en BBVA y 700 en Triodos Bank y 855,27 en Bankia) y dos planes de pensiones. Uno privado, en el BBVA, con 85.366,34 y un plan de previsión social de las Cortes, correspondiente al periodo de 2008 a 2012, con 14.525,34 euros.
Asimismo, consta que tiene 177 acciones en Repsol por un valor de 3.309,9 euros y otras 235 en Red Eléctrica, por 15.834,3 euros. Y un seguro de vida por 350.000 euros en BBVA también a cargo del Congreso de los Diputados.
En cuanto a sus propiedades, figuran dos viviendas y dos plazas de garaje, además de su coche, un Peugeot 407 que compró por 30.000 euros en 2005. Una casa y una plaza de garaje fueron compradas en noviembre de 2012, con valores catastrales de 78.259,89 y 10.711,96 euros, respectivamente, y ya están pagadas.
Además, compró a medias con su mujer --con la que está casado en régimen de separación de bienes-- una vivienda y una plaza de garaje en julio de 2008. Figura a su nombre el 50% de la casa (con un valor castratal 82.890,46) y de la plaza de garaje (8.932,57). Para esta compra, solicitó un préstamo hipotecario a Bankia por 159.300 euros, del que quedan por abonar 127.220,75 euros.
EL SALARIO MINIMO DE UN FUTBOLISTA DE PRIMERA Y SEGUNDA DIVISION
Los futbolistas de la Primera División española cobrarán este año un mínimo de 129.000 euros, más de 14 veces el Salario Mínimo Interprofesional (9.034 euros anuales), mientras que los de Segunda División A no percibirán menos de 64.500 euros, según fija el convenio colectivo que regula esta actividad publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE), que prevé una revalorización para la temporada 2015/2016 de acuerdo con el IPC.
Entre los conceptos retributivos que se incluyen en esta retribución se encuentran la prima de contratación o fichaje, la prima de partido, el sueldo mensual, las pagas extraordinarias, pluses por antigüedad y los derechos de explotación de imagen en su caso.
Comenzando con el salario mensual mínimo, éste es de 5.375 euros para los profesionales de Primera División, al que habría que sumar las dos pagas extraordinarias por el mismo importe cada una, hasta sumar una salario anual no inferior a los 75.250 euros. En Segunda División A, donde el salario mínimo mensual es de 3.335 euros, todas las mensualidades y pagas suman 46.690 euros.
Además, para alcanzar la retribución base, los futbolistas tienen derecho a una prima en caso de contratación o fichaje, cantidad que será estipulada de común acuerdo por el el club y el profesional "por el hecho de suscribir el contrato de trabajo". Asimismo, la cuantía y condiciones de las primas de partido también serán fijadas entre el club y la plantilla o con cada futbolista con carácter individual.
En el caso del plus de antigüedad, se trata de una cantidad que el jugador percibe cada dos años de permanencia en el mismo club. Su importe será equivalente, con dos años de estancia, al 5% del sueldo mensual. Finalmente, los derechos de explotación de imagen también se negociarán de forma bilateral entre clubes y plantillas.
El convenio fija que los jugadores de fútbol profesional cobrarán el mismo salario, con los respectivos pluses de antigüedad, también durante las vacaciones, e incluye un concepto retributivo más, el 'Premio de Antigüedad'.
Así, una vez extinguido el contrato del futbolista, éste cobrará 16.550 euros por haber servido al club durante seis temporadas, 26.900 euros por siete temporadas, 37.950 euros por ocho temporadas y 64.500 euros por nueve temporadas o más.
Por otro lado, el convenio colectivo de los futbolistas fija su jornada laboral en no más de siete horas al día, contando servicios ante el público y el tiempo que está bajo las órdenes directas del club a efectos de entrenamiento y preparación física y técnica.
En cuanto a los descansos, los futbolistas tendrán un mínimo de un día y medio semanal, del que al menos uno será disfrutado de forma continuada.
Comenzando con el salario mensual mínimo, éste es de 5.375 euros para los profesionales de Primera División, al que habría que sumar las dos pagas extraordinarias por el mismo importe cada una, hasta sumar una salario anual no inferior a los 75.250 euros. En Segunda División A, donde el salario mínimo mensual es de 3.335 euros, todas las mensualidades y pagas suman 46.690 euros.
Además, para alcanzar la retribución base, los futbolistas tienen derecho a una prima en caso de contratación o fichaje, cantidad que será estipulada de común acuerdo por el el club y el profesional "por el hecho de suscribir el contrato de trabajo". Asimismo, la cuantía y condiciones de las primas de partido también serán fijadas entre el club y la plantilla o con cada futbolista con carácter individual.
En el caso del plus de antigüedad, se trata de una cantidad que el jugador percibe cada dos años de permanencia en el mismo club. Su importe será equivalente, con dos años de estancia, al 5% del sueldo mensual. Finalmente, los derechos de explotación de imagen también se negociarán de forma bilateral entre clubes y plantillas.
El convenio fija que los jugadores de fútbol profesional cobrarán el mismo salario, con los respectivos pluses de antigüedad, también durante las vacaciones, e incluye un concepto retributivo más, el 'Premio de Antigüedad'.
Así, una vez extinguido el contrato del futbolista, éste cobrará 16.550 euros por haber servido al club durante seis temporadas, 26.900 euros por siete temporadas, 37.950 euros por ocho temporadas y 64.500 euros por nueve temporadas o más.
Por otro lado, el convenio colectivo de los futbolistas fija su jornada laboral en no más de siete horas al día, contando servicios ante el público y el tiempo que está bajo las órdenes directas del club a efectos de entrenamiento y preparación física y técnica.
En cuanto a los descansos, los futbolistas tendrán un mínimo de un día y medio semanal, del que al menos uno será disfrutado de forma continuada.
lunes, 29 de septiembre de 2014
sueldo de los arbitros de 1º y 2º división
Es una de las profesiones más¿Cuánto cobran los árbitros? Pese a que sus emolumentos no son comparables a los de los futbolistas, los colegiados tienen ingresos de lo más apetecibles. En concreto, los colegiados de Primera ingresan 3.700 euros por partido más otros extras. Es una de las profesiones más delicadas que hay en el mundo del deporte. De sus aciertos o fallos puede depender tanto un partido como de la efectividad de las estrellas que cuestan cientos de millones de euros. Para colmo, los colegiados suelen estar en el ojo del huracán de los aficionados por sus decisiones. ¿Cuánto merecerían ganar por trabajar bajo esa presión?
Según un informe de Futbolfinanzas.com, un árbitro de Primera división cobra 3.700 euros por partido, una cantidad a la que hay que añadir diez mensualidades de 11.000 euros, 12.000 euros más por derechos de imagen y 6.000 por cada encuentro dirigido en Europa. Sumando todas las cantidades sale un promedio aproximado a los 200.000 euros mensuales. Algo menos ingresan sus asistentes, 1.440 euros por partido (1.435 euros para los cuartos árbitros).
En la Segunda división del fútbol español, los colegiados cobran 1.512 euros por encuentro y 682 sus jueces de línea. Esto hace que los sueldos de los árbitros en España esté por encima de otros colegiados en Europa y solo se ven superados por británicos e italianos, aunque en sus casos son colegiados profesionales y no pueden desempeñar otros trabajos como en España
miércoles, 27 de agosto de 2014
sobran viviendas en alquiler en salamanca
En la actualidad cuenta con once por cada mil habitantes, el doble que la media nacional, sólo por detrás de Ciudad Real. También está entre las primeras en pisos sin vender, con dieciocho por cada mil habitantes, sólo por detrás de Zamora, Valencia, Santander, Bilbao, Ciudad Real y Alicante
Un estudio del mercado de la vivienda de segunda mano elaborado por idealista.com muestra que España acumula en sus capitales de provincia 12,6 casas sin vender por cada mil habitantes. La cifra ha crecido un 55% desde agosto de 2011, cuando el número de viviendas sin vender en las capitales españolas era de 8,1 por cada 1.000 habitantes. Salamanca es la séptima ciudad de España con más viviendas por vender, 18,9, sólo por detrás de Zamora, Valencia, Santander, Bilbao, Ciudad Real y Alicante.
A pesar del creciente interés de los ciudadanos por el mercado del alquiler, la oferta de viviendas para arrendar es significativamente inferior a la del mercado de venta. Según el estudio, las capitales españolas acumulan 5,4 viviendas en alquiler por cada mil habitantes, aunque en el caso de Salamanca es el doble, 11,6 viviendas por cada mil habitantes, la segunda ciudad del país sólo por detrás de Ciudad Real.
Según Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com, “los datos demuestran que a pesar de que el número de operaciones de compraventa cerradas ha aumentado con respecto a hace unos años, todavía no es suficiente para absorber el stock de viviendas que se ha ido acumulando. Las bajadas de precio han provocado que muchos compradores se hayan decidido a dar el paso de convertirse en propietarios, pero los datos macroeconómicos no indican que sea suficiente como para reducir significativamente el stock a corto plazo. Mientras tanto, el alquiler sigue siendo una opción que muchos propietarios no están valorando, a pesar del interés que la demanda está mostrando en los últimos tiempos”.
sábado, 26 de julio de 2014
Un nuevo reglamento determina los conceptos incluidos en la base de cotización
Las empresas tienen hasta el 30 de septiembre para la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las mensualidades entre diciembre de 2013 y julio de 2014
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que modifica el artículo 23 del Reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, que establece los conceptos incluidos y excluidos de la base de cotización a la Seguridad Social. Las empresas disponen de plazo hasta el 30 de septiembre para la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las mensualidades entre diciembre de 2013 y julio de 2014.
El Reglamento determina los conceptos retributivos que conforman la base de cotización y establece las reglas oportunas para la determinación de la valoración de las percepciones, tanto dinerarias como en especie, que han de incluirse en la base de cotización. Como percepciones dinerarias se contemplan, entre otras, la entrega al trabajador de importes en metálico, vales o cheques de cualquier tipo para que éste adquiera bienes, derechos o servicios; el importe de las acciones o participaciones entregadas por los empresarios; el de las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de sus trabajadores, y el de las contribuciones satisfechas a planes de pensiones, que se integrarán en la base de cotización por la totalidad de su importe.
Percepciones en especie
La prestación de determinadas enseñanzas y servicios educativos por centros educativos autorizados a los hijos de sus empleados, con carácter gratuito o por precio inferior al normal de mercado, cuya valoración vendrá determinada por el coste marginal que suponga a esos centros la prestación de tal servicio, considerando dicho coste como el incremento del coste total directamente imputable a la prestación que suponga para el centro educativo un servicio de educación para un alumno adicional del tipo de enseñanza que corresponda.
Esta misma valoración por coste marginal será aplicable a la prestación por medios propios del empresario del servicio de guardería para los hijos de sus empleados. La utilización de una vivienda, propiedad o no del empresario, o la utilización o entrega de vehículos automóviles, cuya valoración se efectuará en los términos ya previstos en la normativa fiscal, con lo cual en la práctica no se producen cambios respecto a la legislación anterior.
Los préstamos concedidos a los trabajadores con tipos de interés inferiores al legal del dinero, que se valorarán por la diferencia entre el interés pagado y el referido interés legal vigente en el respectivo ejercicio económico, en línea con la regulación establecida en el artículo 43 de la Ley del IRPF, con lo cual en la práctica tampoco se producen cambios respecto de la legislación anterior.
Conceptos excluidos
- Los gastos de manutención y estancia, así como los gastos de locomoción, cuando correspondan a desplazamientos del trabajador fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto, en los términos establecidos en la normativa fiscal.
- Las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos y ceses, en los términos previstos en el artículo 109.2.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Las prestaciones de la Seguridad Social y las mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal concedidas por las empresas.
- Las asignaciones destinadas a satisfacer gastos de estudios del trabajador dispuestos por instituciones, empresarios o empleadores y financiados directamente por ellos para la actualización, capacitación o reciclaje de su personal, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo.
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